Culminada la primera vuelta de las Elecciones Generales
2021, se estima conveniente informar a la comunidad peruana residente en
Ginebra, Vaud y Valais lo siguiente:
1.- Aquellos electores peruanos que figuraron en el
padrón electoral de Ginebra y que no pudieron acudir a votar el pasado domingo
11 de abril NO están sujetos a multa electoral por omisión al sufragio,
conforme a la Ley Nº 28859, publicada el 3 de agosto del 2006.
2.- Aquellos peruanos que fueron sorteados miembros de
mesa por la ONPE y que no acudieron a ejercer su función, SI están
sujetos a una multa electoral por inconcurrencia a la instalación e integración
de su mesa de sufragio.
3.- Aquellos ciudadanos peruanos que figuran en el padrón
electoral del Perú, es decir, que su mesa de votación se encontraba dentro del
territorio nacional, y que, encontrándose fuera de nuestro país, no
acudieron a votar, SI están sujetos a multa electoral por omisión al
sufragio.
Las multas electorales pueden ser pagadas por los
interesados mediante las siguientes vías:
- En cualquier agencia del Banco de la Nación: presentarse en
ventanilla del banco (el trámite puede ser realizado por una tercera
persona), e indicar el número de DNI de la persona multada.
- A través de internet: ingresar a la plataforma web págalo.pe. Puede revisar las instrucciones para el uso
de dicha plataforma en el siguiente documento: PAGO MULTAS Y TASAS PAGALO.PE (4).jpg
Si usted no pudo ejercer el cargo de
miembro de mesa y desea ser eximido del pago de la respectiva multa electoral, puede solicitar una “justificación electoral” utilizando
el Sistema de Dispensa Virtual del JNE, a través del siguiente link https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login. Se le pedirá que indique la causa por la que no pudo
asumir el cargo y que adjunte la documentación sustentatoria correspondiente,
así como el comprobante del pago del derecho de trámite. El pago deberá
realizarse a través de la plataforma págalo.pe o en una agencia del Banco de la Nación en el Perú (una
tercera persona puede realizar este pago indicando el número de DNI de la
persona multada).
Le recomendamos que antes de iniciar el
trámite de justificación electoral verifique que tiene la documentación
sustentatoria correspondiente a la causal que alegará. Puede encontrar mayor
información respecto a este trámite visitando la siguiente página: https://portal.jne.gob.pe/portal/Pagina/Ver/313/page/Dispensas-#:~:text=Es%20el%20tr%C3%A1mite%20por%20el,de%20la%20sanci%C3%B3n%20administrativa%20electoral.
Muy cordialmente,
Consulado General del Perú en Ginebra